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09/08/2010 | 11:47hs
NACIONALES
Juez recaratuló la causa por la muerte del bebe como homicidio calificado

Lo habían solicitado los abogados de la familia tras la muerte de Isidro, el hijo de la mujer baleada en una salidera; los acusados podrían tener prisión perpetua; algunos especialistas analizaron la calificación legal del hecho.

El juez de Garantías platense César Melazo consideró que fue un "homicidio" la muerte del bebé fallecido ayer en La Plata y aceptó cambiar la carátula de la causa, informaron fuentes judiciales. El magistrado de la causa de la mujer baleada en La Plata, aceptó el requerimiento del fiscal Marcelo Romero y recaratuló la causa como "robo doblemente calificado, con el delito de tentativa de homicidio triplemente calificado (por el ataque a Carolina Píparo), con homicidio triplemente calificado (por la muerte del bebe)".

Según entendió el juez, el robo fue "doblemente calificado" por haber sido perpetrado "mediante empleo de arma de fuego con actitud de disparo, cometido en lugar poblado y en banda, en concurso real".

En tanto, acusó a los imputados por "homicidio triplemente calificado" por haber sido perpetrado "con alevosía por el concurso de dos o mas personas y para asegurar los fines de delito precedente en concurso ideal".

Romero, había sostenido hoy que la acción desplegada por los delincuentes contra Carolina Píparo "estuvo dirigida a matar a dos personas únicas, irrepetibles e independientes a fin de asegurar un delito".

"Está fuera de debate la posibilidad de que el accionar desplegado se halle inmerso en la figura del aborto", aseguró Romero al solicitarle al juez César Melazo el cambio de calificación del delito que derivó en la muerte del bebe Isidro.

En el requerimiento Romero también consideró que el hecho "fue perpetrado con alevosía por el concurso premeditado de dos o más personas y para asegurar los fines del delito precedente".

El cuerpo de Isidro, el bebé de Carolina Píparo, la mujer baleada tras una salidera bancaria en La Plata, debía ser sometido a una autopsia con el fin de determinar las causas y circunstancias de la muerte del bebé.

El abogado defensor de la familia Piparo, Fernando Burlando, sostuvo hoy que "más allá de las hipótesis y de las especulaciones o debates" la causa cambiará de carátula a raíz de la muerte del bebé de Carolina, Isidro.

Burlando aseguró que "Isidro ya era persona, no era un feto, y el Código Penal tiene dentro de sus códigos la protección de las vidas y las personas", al hacer referencia al cambio de carátula que terminará llevando a juicio a los culpables del homicidio.

Isidro, de una semana de vida, falleció ayer a las 13 en el Hospital San Roque de Gonnet, donde permanecía internado en terapia intensiva desde que nació tras una operación cesárea de urgencia cuando su madre fue baleada en una salidera bancaria.

Aunque advirtió que el cuerpo médico del hospital no tiene injerencia en la autopsia, el director del Hospital San Roque de Gonnet especificó que "hablar de una persona muerta es muy complejo y requiere un protocolo" y agregó que "no alcanza con un paro cardíaco, sino que tiene que haber muchos factores".

Sobre Isidro, especificó: "Es una persona que tuvo una injuria, se hizo una cesárea porque estaba con paro cardíaco y se lo reanimó. Estamos hablando de un ser viviente".

¿Qué carátula le cabe a la causa? Las particularidades en las que ocurrió el fallecimiento de Isidro dieron lugar a diferentes interpretaciones por parte de distintos abogados especializados en materia penal acerca de cuál es la carátula que debe llevar la causa .

"Si se puede demostrar que el niño tuvo vida, sí se puede hablar de homicidio, ya que murió como consecuencias de las lesiones del disparo", dijo el abogado penalista Alejandro Carrió.

"El tema es difícil porque el homicido es la muerte del otro, pero no se puede hablar de homicidio de una persona que todavía no nació, porque sino desaparecería la figura del aborto", evaluó.

Una postura contraria mantuvo el abogado penalista Adolfo Casabal Elía en diálogo con lanacion.com: "Esto es un homicidio calificado. A la persona se la asesina cuando está circulando por el mundo o cuando está en la panza de su madre. Según el Código Civil es una persona desde el momento de la concepción, una persona por nacer, no importa la semana de gestación".

Para el letrado, en este caso es claro que el chiquito nació por cesárea de emergencia y murió como consecuencia del balazo.

"La defensa podría alegar que se trató de un homicidio preterintencional porque el delincuente no tuvo intención de matar al feto", evaluó Casabal Elía y explicó que es lo que ocurre cuando una persona sólo tiene intención de pegarle a otra, pero como consecuencia de un golpe al caer, muere. "Argumentos se pueden utilizar muchos, sobre todo en esta época donde el garantismo está difundidísimo, pero acá no hay dudas de que hubo un homicidio", concluyó.

Sobre la calificación de homicidio calificado, el abogado penalista Fernando Solessio dijo en diálogo con el canal Todo Noticias que esa figura cabe cuando la persona mata para conseguir la impunidad y que en esta caso "es muy dificil entender que se quiso matar al chiquito con ese móvil".

De todas formas, el abogado indicó que la muerte de Isidro fue un homicidio aunque habrá que observar de qué tipo se trata: si es calificado, la pena será perpetua, y si es "simple" o "en ocasión de robo", tendrá hasta 25 años de prisión.

Además, Salessio especificó que el Código Penal y Civil establecen diferencias sobre la persona. "Hasta el momento de la incición en la cesárea o de las primeras contracciones estamos en presencia del aborto, luego, de homicidio. En este caso si bien la lesión fue adentro del vientre, la muerte ocurre siete días después".

El letrado explicó que interviene la cuestión de la causalidad: "Se debe demostrar que la muerte de Isidro fue consecuencia directa de una lesión por el balazo". Por último, desestimó que la justicia se vuelque al aborto, por la sumatoria de penas que tienen los imputados en la causa.

FM 101.7 "Estudios V.C."